El Tribunal Superior de Justicia considera que fue ilegal el envio de residuos de centrales nucleares a los módulos de almacenamiento de Sierra Albarrana (Córdoba), conocido como El Cabril. La organización ecologista AEDENAT, que interpuso el recurso hace más de siete años, ha pedido la dimisión del actual presidente del CSN y entonces presidente de ENRESA, Juan Manuel Kindelán.
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha declarado ilegal el almacenamiento de residuos procedentes de centrales nucleares en los modulos de almacenamiento de “El Cabril”. Con este fallo el Tribunal da la razón a AEDENAT que había iniciado la vía contencioso-administrativa hace más de siete años. El letrado que representó a la organización ecologista fue D. Rafael Sarazá Padilla, uno de los miembros del antiguo Consejo General del Poder Judicial que dimitió a raiz de los problemas planteados en el mismo.
La sentencia da por buenos los argumentos de AEDENAT que consideraba que los módulos de almacenamiento de “El Cabril” estaban licenciados como “Instalación Radiactiva” según lo establecido por el Real Decreto 2869/1972. Dichas instalaciones no pueden almacenar residuos producidos por centrales nucleares ya que estos deben almacenarse en “Instalaciones Nucleares”. Los trámites legales para licenciar una instalación del segundo tipo son mucho más largos e incluyen procesos de información pública ya que los riesgos asociados son también mucho mayores.
La sentencia en concreto da la razón a AEDENAT en los siguientes aspectos:
a) Ordenar la inmediata clausura de la instalación de Sierra Albarrana, conocida por “Cementerio de El Cabril”, por ser contraria a la legalidad vigente, en cuanto se refiere al deposito de materiales nucleares.
b) Cancelar cuantos permisos o Resoluciones se hayan tomado respecto al traslado de materiales procedentes de centrales nucleares o cualesquiera otros que contengan elementos nucleares y no simplemente radiactivos.
c) Negar cuantas solicitudes se le tamiten, en el futuro, respecto a los mismos traslados de material nuclear, por tratarse de actividades ilegales.
Por todo ello, ahora ha sido declarado ilegal el almacenamiento de más de 5.000 bidones de residuos de media y baja actividad procedentes de las centrales nucleares de Zorita, Garoña y Ascó que se realizaron entre 1989 y 1992. En aquellas fechas los almacenes de estos residuos de las aludidas centrales estaban saturándose y ENRESA y el Ministerio de Industria y Energía adoptaron la decisión de trasladarlos a “El Cabril” con el fin de evitar nuevos gastos a los propietarios de las centrales.
AEDENAT solicita además la dimisión immediata de D. Juan Manuel Kindelán, en la actualidad presidente del Consejo de Seguridad Nuclear (CSN), y que en las fechas en que se trasladaron los residuos ejercía la presidencia de ENRESA. AEDENAT entiende que quien actuó con tan evidente desprecio de la ley no puede presidir un organismo que debe caracterizarse por su imparcialidad, objetividad y respeto de las normas.
Este es el segundo Contecioso Administrativo que AEDENAT gana con relación a “El Cabril”. En el primero de ellos, estrechamente relacionado con este, AEDENAT tuvo que recurrir a los tribunales para conseguir las resoluciones administrativas que regulaban dicha instalación y que la administración se negaba a facilitarle en un claro intento obstrucionista. En ambas sentencias se reconoce el derecho de los ecologistas de personarse como “parte interesada” en este tipo de hechos.